INNOBONOS 2025: Subvenciones de hasta 100.000 euros para empresas del sector agroalimentario de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid lanza una nueva convocatoria de ayudas destinada a empresas de los sectores agrícola, ganadero, forestal e industria agroalimentaria, con el objetivo de impulsar proyectos de investigación, desarrollo e innovación.

¿Qué es Innobonos 2025? Innobonos 2025 es una subvención a fondo perdido para fomentar la competitividad del sector primario y agroalimentario mediante la innovación. Las ayudas pueden cubrir hasta el 50% del coste del proyecto, con un importe máximo de 100.000 € por proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 31 de mayo al 31 de agosto de 2025.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?  

Pueden acceder a Innobonos 2025 las empresas privadas (sin importar su forma jurídica) y agrupaciones de hasta tres entidades, siempre que cumplan con estos requisitos:

  • Tener domicilio fiscal y actividad en la Comunidad de Madrid.
  • No pertenecer al sector público.
  • Ejercer una actividad económica.
  • Pertenecer al sector agrícola, ganadero, forestal o a su industria asociada/agroalimentaria.

Tipología de la ayuda y condiciones de financiación

Las ayudas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y pueden alcanzar hasta los 100.000 € por proyecto, cubriendo:

  • El 50% del presupuesto subvencionable.
  • Un 10% adicional para medianas empresas y 20% para pequeñas empresas.
  • Un 15% extra si el proyecto implica colaboración efectiva entre empresas y una de ellas es una pyme.
  • colaboración efectiva entre empresas y, al menos, una de ellas sea una pyme. 

El pago de la ayuda se realizará mediante tres pagos fraccionados: 

  • El primer pago, correspondiente al 50% de la ayuda concedida, se realizará en el momento de concesión de la ayuda, tendrá carácter de pago anticipado y exigencia de constitución de garantía.
  • El segundo de los pagos, por una cuantía máxima del 25%, se realizará con carácter de pago a cuenta y previa justificación por los beneficiarios de la ejecución del 75% del importe total concedido como ayuda. 
  •  El Tercer y último de los pagos, por una cuantía máxima del 25%, se realizará previa justificación por los beneficiarios de la ejecución del 100% del importe total concedido como ayuda.

Temáticas prioritarias de Innobonos 2025: 

  • Adaptación de cultivos al cambio climático.
  • Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero o aumento de sumideros de carbono.
  • Prevención de la pérdida y erosión de suelo agrario o forestal.
  • Reducción del consumo de insumos.
  • Prevención de la generación de residuos agrarios, forestales o agroalimentarios.
  • Valorización de residuos o subproductos derivados de la agricultura, ganadería y silvicultura, así como de su industria asociada o agroalimentaria.
  • Nuevo envasado, conservación o procesado de productos agroalimentarios. 
  • Aumento De Competitividad mediante cultivos multiobjetivo.
  • Estudios de vida útil del producto.
  • Desarrollo de nuevos productos alimentarios. Optimización y mejora de la formulación y de los procesos alimentarios, incluido el procesado de conservación.
  • Elaboración de prototipos de alimentos e ingredientes en planta piloto. 
  • Desarrollo y validación de sensores o dispositivos de control de parámetros de calidad y seguridad alimentaria de alimentos, respecto a los métodos analíticos convencionales, caracterización nutricional y sensorial de ingredientes y alimentos. 
  • Diseño de procesos tendentes a la reducción del desperdicio alimentario. 
  • Análisis y estudio de nuevos productos derivados del desperdicio alimentario, sobras y recortes.

¿Qué gastos son subvencionables por Innobonos 2025?

  • Personal: El coste de personal contratado por la entidad beneficiaria, exclusiva y específicamente, para la realización del proyecto objeto de la ayuda y así quede reflejado en su contrato laboral.
  • Los Costes de asistencias y servicios externos que siendo necesarios para la ejecución del proyecto la entidad beneficiaria no pueda realizar por sí misma.
  • Los costes del material inventariable derivados de: 

1.  La adquisición de maquinaria o equipamiento científico-técnico, a excepción del de segunda mano. 

2. La amortización de maquinaria, instalaciones, equipos o material durante el período de ejecución del proyecto, incluida la adquisición de software o aplicaciones informáticas.

3. Los arrendamientos de maquinaria, instalaciones, equipos o material, destinados a la realización del proyecto.

  • Los Costes de adquisición de material fungible siempre que dicho material esté directamente vinculado al desarrollo del proyecto objeto de la ayuda.
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor.
  • Los costes generales que estén directamente vinculados con el proyecto objeto de la ayuda.
  • También serán Financiables otros costes no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios para su ejecución. Entre ellos: servicios para la realización de pruebas piloto, servicio de apoyo a la innovación y/o adquisición o licencias de conocimientos técnicos y patentes u otros títulos de propiedad industrial. 

Es importante tener en cuenta que los gastos deberán estar sujetos a precios de mercado y que los documentos justificativos de los gastos subvencionables deberán estar a nombre de la entidad beneficiaria que los realiza. En el caso de agrupaciones, dichos documentos justificativos deberán estar a nombre de la entidad que, siendo parte de la agrupación, ejecute el gasto.

Principal documentación a presentar junto con la solicitud

  • Memoria técnico-científica del proyecto a desarrollar, según el modelo e instrucciones contenidos en la orden de convocatoria. 
  • Información de los miembros que desarrollarán el proyecto, según el modelo incluido en la orden de convocatoria.
  • En el caso de las agrupaciones, el acuerdo interno que regule el funcionamiento de la agrupación.

Criterios de valoración y selección de las solicitudes

Principio 1: Desarrollo del proyecto (máximo 60 puntos).

  • Se valorará la relación del proyecto con las líneas de I+D+i prioritarias previstas para estas ayudas. 
  • Se valorará el beneficio potencial de los objetivos tecnológicos perseguidos en los distintos elementos de la cadena de valor: producción, conservación, transformación, envasado, distribución y comercialización. 
  • Se valorará el grado de innovación del proyecto 
  • Se valorará la adecuación de la metodología y desarrollo del proyecto. 
  • Se valorará la justificación del presupuesto en relación al alcance y los objetivos del proyecto, así como la adecuación de la distribución y asignación presupuestaria a cada una de las fases y tareas del mismo. 

Principio 2: Capacidad del solicitante o solicitantes en relación con el proyecto (máximo 20 puntos).

  • Se valorará la competencia, formación y experiencia profesional, previa, del único integrante o integrantes del proyecto, en relación con el mismo. 
  • Se valorará la adecuación de la contratación y colaboración, o no, con otras entidades en el desarrollo del proyecto. 
  • Se valorará la idoneidad y adecuación de las actividades a desarrollar por cada uno de los integrantes del proyecto, sean éstos uno, dos o tres sus miembros integrantes. 

Principio 3: Impacto socioeconómico y medio ambiental (máximo 20 puntos).

  • Se valorará la contribución e impacto de los objetivos del proyecto en la competitividad y rentabilidad del sector.
  • Se valorará la contribución e impacto de los objetivos del proyecto en la mejora de la sostenibilidad ambiental. 

Plazo para la presentación de solicitudes de Innobonos 2025

Entre el 31/05/2025 y el 31/08/2025. 

Innobonos 2025 es una excelente oportunidad para que empresas del sector agroalimentario en Madrid desarrollen proyectos innovadores con financiación pública no reembolsable. Si tu empresa está desarrollando una nueva tecnología, producto o proceso, esta ayuda puede ser clave para escalar tu iniciativa con respaldo institucional.