
La Junta de Andalucía ha lanzado una nueva convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a pequeñas y medianas empresas y grandes empresas del sector agroalimentario para apoyar inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios.
El objetivo de la convocatoria es mejorar la competitividad del sector, impulsar la innovación, fomentar la sostenibilidad ambiental y favorecer el desarrollo económico del medio rural andaluz.
Finalidad de la ayuda
La finalidad de estas subvenciones es apoyar inversiones que contribuyan a los objetivos específicos del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en particular:
- Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las empresas agroalimentarias, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización.
- Promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, incluyendo la bioeconomía circular y la sostenibilidad ambiental.
Las inversiones subvencionadas deben estar orientadas a reforzar la capacidad productiva, la innovación y el valor añadido de los productos agroalimentarios.
Beneficiarios de la ayuda PAC
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, y sus agrupaciones, que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas (PYME) y cuyo objeto social incluya actividades de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
En concreto, podrán acceder a la ayuda las empresas que transformen, comercialicen o desarrollen:
- Productos agrícolas incluidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, pudiendo el producto final quedar fuera de dicho anexo.
- Productos alimentarios distintos de los productos agrícolas del Anexo I del TFUE, siempre que la inversión se ubique en el medio rural.
Quedan excluidas las entidades dedicadas exclusivamente a la intermediación comercial o al comercio al por mayor que no implique manipulación del producto.
Tampoco podrán beneficiarse de la ayuda las empresas consideradas en crisis.
Presupuesto total
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 88 millones de euros, que se distribuye en dos líneas diferenciadas:
- Una línea específica para empresas del sector de frutas y hortalizas, a la que se destina el 25 % del presupuesto total.
- Una línea general dirigida al resto de empresas del sector agroalimentario.
Tipología de ayuda
Las ayudas se conceden en forma de subvención a fondo perdido, en régimen de concurrencia competitiva.
Intensidad de la ayuda
El porcentaje de subvención varía en función del tipo de producto resultante del proceso de transformación:
Productos agrícolas
La ayuda base es del 40 % del coste de la inversión subvencionable, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 65 % en los siguientes supuestos acumulables:
- Incremento del 10 % si la empresa beneficiaria es una Entidad Asociativa Prioritaria (EAP) nacional o regional, o forma parte de una.
- Incremento del 10 % por creación de empleo, cuando el cociente entre empleos creados e inversión elegible (en miles de euros) sea igual o superior a 0,01.
- Incremento del 5 % si el proyecto incluye inversiones vinculadas a la implantación de sistemas de generación de valor añadido, competitividad, calidad o trazabilidad.
Productos no agrícolas
La ayuda base es del 40 % del coste elegible, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 50 % en los siguientes casos:
- Incremento del 5 % por creación de empleo, bajo el mismo criterio de ratio empleo-inversión.
- Incremento del 5 % si el proyecto incluye inversiones relacionadas con sistemas de calidad, trazabilidad o generación de valor añadido.
Límites económicos
- Importe máximo de subvención: 3.000.000 euros por proyecto.
- Importe mínimo del proyecto: 100.000 euros, salvo proyectos que incluyan exclusivamente inversiones en sistemas de calidad, trazabilidad o valor añadido, que no tendrán importe mínimo.
Costes subvencionables de la ayuda PAC
Se consideran subvencionables las inversiones materiales e inmateriales destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, entre otras:
- Mejora tecnológica y racionalización de procesos productivos y de comercialización.
- Desarrollo de nuevos productos agrarios y uso de nuevos materiales o tecnologías.
- Implantación de tecnologías innovadoras.
- Diversificación de producciones agroalimentarias.
- Implantación de sistemas certificados de huella hídrica, huella de carbono, calidad ambiental (ISO 14.000), defensa alimentaria y residuo cero.
- Implantación de sistemas de gestión de la calidad (ISO 9000, ISO 22000) y mejora de la trazabilidad.
- Inversiones en eficiencia energética, eficiencia hídrica y reducción del impacto ambiental.
- Valorización de residuos y subproductos agroalimentarios, incluyendo plantas de compostaje.
- Inversiones derivadas de procesos de fusión o integración de cooperativas y entidades asociativas.
- Traslado de instalaciones fuera del casco urbano, incluidas plantas orujeras.
Inversiones no subvencionables
Con carácter general, no serán subvencionables, entre otras:
- Inversiones en el sector minorista.
- Inversiones no viables técnica o económicamente.
- Inversiones no ubicadas en Andalucía.
- Inversiones en sectores excluidos como azúcar, isoglucosas o biocombustibles a partir de cultivos alimentarios.
- Instalaciones fotovoltaicas destinadas exclusivamente a la venta de energía a red.
- Ampliaciones de instalaciones sin la correspondiente licencia de actividad.
Tipología de proyectos
Los proyectos deben estar orientados a mejorar la competitividad, la innovación, la sostenibilidad y la calidad de los productos agroalimentarios, alineándose con los objetivos de la PAC 2023-2027 y con impacto directo en el desarrollo del sector agroalimentario andaluz.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valorarán conforme a criterios objetivos, entre los que destacan:
- Integración y aumento de dimensión empresarial, especialmente cooperativas, entidades asociativas prioritarias y procesos de fusión.
- Innovación en la empresa.
- Internacionalización, valorando el porcentaje de facturación destinado a exportación.
- Eficiencia energética, eficiencia hídrica, uso de recursos naturales y valorización de residuos.
- Otros criterios adicionales recogidos en las bases reguladoras.
La puntuación determinará el orden de concesión de las ayudas dentro del régimen de concurrencia competitiva.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses, desde el 6 de enero de 2026 hasta el 5 de marzo de 2026, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación.







